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Resumen
- 16/01/2008 19:44 - BREVES CONSIDERACIONES SOBRE LA PROTECCIÓN DE LA ATMÓSFERA
- 16/01/2008 19:56 - ECOLOGÍA Y BIODIVERSIDAD.
- 16/01/2008 15:14 - EL TRATAMIENTO CONCURSAL DE LOS GRUPOS DE EMPRESA A LA LUZ DE LA LEY 22/2003
- 16/01/2008 15:20 - LA TRAMITACIÓN TELEMÁTICA DE LOS REQUISITOS DE CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD LIMITADA NUEVA EMPRESA
- 16/01/2008 15:41 - ALGUNAS CUESTIONES SOBRE LOS TÍTULOS EJECUTIVOS EXTRAJUDICIALES, A LA LUZ DE LA LEC 1/2000, DE 7 DE ENERO.
- 16/01/2008 15:45 - LA OPOSICIÓN DEL DEUDOR- DEMANDADO EN EL PROCESO MONITORIO
- 16/01/2008 19:37 - BREVES APUNTES SOBRE LA PROTECCIÓN DE LAS AGUAS CONTINENTALES
- 16/01/2008 19:41 - APROXIMACIÓN A LA PROTECCIÓN JURÍDICA DE LAS COSTAS
- 16/01/2008 19:43 - ACERCAMIENTO A LA PROTECCIÓN JURÍDICA DE LOS MARES
- 18/01/2008 10:49 - ACUERDO de 19 de diciembre de 2007, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se modifica el Reglamento 2/2005, de Honores, Tratamientos y Protocolo en los actos judiciales solemnes
BREVES CONSIDERACIONES SOBRE LA PROTECCIÓN DE LA ATMÓSFERA
I.- ORIGEN Y EVOLUCIÓN DE LA REG. JURÍDICA. Hasta el siglo XX no encontramos normas jurídicas concretas ad hoc para esta materia, sino que venía regulándose de manera incidental a propósito de otros conflictos que se iban produciendo. En el siglo XIX nos encontramos con la escasa regulación que contiene nuestro código civil (art.1908CC), que posteriormente, y fruto de la industrialización que se viene sufriendo desembocaría en el RAMINP de 1961. Posteriormente encontramos la Ley 38/1972, de 22 de Diciembre de protección del ambiente atmosférico (BOE Nº 309, de 26 de Diciembre de 1.972 (Modificada por Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación). II.- FUNDAMENTOS ACTUALES. A la hora de estudiar la contaminación atmosférica, es necesario agrupar el conjunto normativo en tres grandes tipos de normas: a) Control de los niveles de inmisión y normas de calidad del aire: Así, el Gobierno determinará los niveles de inmisión, entendiendo por tales los límites máximos tolerables de presencia en la atmósfera de cada contaminante, aisladamente o asociado con otros en su caso. (... leer más)
ECOLOGÍA Y BIODIVERSIDAD.
I.- LA ECOLOGÍA COMO CIENCIA. Partiendo de las aportaciones del prusiano Haeckel (1869) la ecología sería la ciencia que estudia “la distribución y abundancia de los organismos- seres vivos- (Andrewartha, 1961) y como esas propiedades son afectadas por la interacción entre los organismos y su medio ambiente (Krebs, 1985); incluyendo el medio ambiente las propiedades físicas que pueden ser descritas como al suma de factores bióticos- organismos que comparten el habitat- y abióticos- clima, geología- (Begon, Harper & Towsend, 1986)”. Se considera una rama de la Biología, ciencia que estudia los seres vivos. Estos pueden ser estudiados a muchos niveles (proteínas, ácidos nucléicos, tejidos, células, etc..); y también a nivel de organismos, poblaciones, comunidades, y ecosistemas, que es lo que es objeto de la ecología propiamente. Además de enfoques clásicos utilizados por Krebs (descriptivo, funcional y evolutivo); modernamente Begon y sus seguidores consideran que se debe profundizar en los aspectos explicativos y predictivos. En ecología se denomina ECOSISTEMA a un sistem
... (... leer más)EL TRATAMIENTO CONCURSAL DE LOS GRUPOS DE EMPRESA A LA LUZ DE LA LEY 22/2003
AUTOR: OSCAR SÁNCHEZ ALBARRÁN. AÑO 2005.
I.-INTRODUCCIÓN II.-CONCEPTO DE GRUPO DE EMPRESAS 1.Aproximación doctrinal 2. Aproximación al concepto legal III.- ASPECTOS PROCESALES. 1.-REGLAS DE COMPETENCIA 1.1 Reglas Generales y Excepcionales 1.2. Otros supuestos 2.-LA SOLICITUD Y LA DECLARACIÓN DE CONCURSO 2.1. El Concurso Voluntario 2.2 El Concurso Necesario 2.3. Solicitud Conjunta de Concursos 3.-LA ACUMULACIÓN DE CONCURSOS IV.- ASPECTOS MATERIALES DE LA DECLARACIÓN DE CONCURSO. 1.-EFECTOS DE LA DECLARACIÓN DEL CONCURSO Y SU POSIBLE EXTENSIÓN AL GRUPO DE EMPRESAS 1.1 Soluciones en el derecho comparado 1.2. Posibles vías de extensión en el derecho español. 2.-LA POSTERGACIÓN DE CRÉDITOS 2.1. Regulación Legal 2.2. Consecuencias de la subordinación. 2.3. Consecuencias sobre la financiación de los grupos 3.-EL RÉGIMEN DE LOS ACTOS ENTRE SOCIEDADES DEL MISMO GRUPO 4.-LOS GRUPOS CONTRACTUALES Y EL ART.61 LCI.- INTRODUCCIÓN
El presente trabajo tiene por objeto analizar algunos de los aspectos o implicaciones que la declaración de concurso de una sociedad perteneciente a un “grupo” puede tener sobre el resto de sociedades pertenecientes al mismo “grupo”, a la luz de la reciente Ley Concursal 22/2003, de 9 de Julio (BO
... (... leer más)LA TRAMITACIÓN TELEMÁTICA DE LOS REQUISITOS DE CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD LIMITADA NUEVA EMPRESA
AUTOR: OSCAR SÁNCHEZ ALBARRÁN. AÑO 2005.
I.- INTRODUCCIÓN. II.- EL CIRCE Y EL DUE. 1. El Circe 2. El Due 2.1.Concepto 2.2.Distorsiones entre la D.A. 8ª de la Ley 2/1995 y el Real Decreto 682/2003. 2.3. Datos del Due 3. Los PAITT 3.1. Concepto y requisitos 3.2. Funciones conflictivas III.- LA DENOMINACIÓN SOCIAL 1. Formación de la denominación social: problemas que plantea 2. El código Id- Circe 3. La reserva de denominación IV.- EL NOTARIO Y LA ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN 1. Comprobaciones previas y otorgamiento de la Escritura. Los Estatutos Sociales 2. El empleo de técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas 3. La exención prevista en el párrafo tercero del art.134 LSRL 4. El Due en el momento del Otorgamiento V.- OBTENCIÓN DEL NIF PROVISIONAL VI.- ALTA DE LA EMPRESA EN EL SEGURIDAD SOCIAL Y LIQUIDACIÓN DEL ITPAJD VII.- INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO MERCANTIL 1. Calificación de la Escritura por el Registrador 2. Remisión del Due VIII.- OBTENCIÓN DEL NIF DEFINITIVO IX.- EXPEDICIÓN DE COPIAS Y OTROS TRÁMITES ADMINISTRATIVOS
I.- INTRODUCCIÓN
La aprobación de la Ley 7/2003, de 1 de Abril ha supuesto la introducción en nuestro ordenamie
... (... leer más)ALGUNAS CUESTIONES SOBRE LOS TÍTULOS EJECUTIVOS EXTRAJUDICIALES, A LA LUZ DE LA LEC 1/2000, DE 7 DE ENERO.
AUTOR: OSCAR SÁNCHEZ ALBARRÁN. 2005.
De cara a poder comprender el actual sistema de ejecución forzosa que establece la LEC 1/2000, es necesario referirnos, aunque sea brevemente, a la propia exposición de motivos donde, al menos teóricamente se establece un sistema de ejecución unitaria tanto para títulos judiciales como extrajudiciales; así en el apartado XVII se dice: (...)En cuanto a la ejecución forzosa propiamente dicha, esta Ley, a diferencia de la de 1881, presenta una regulación unitaria, clara y completa. Se diseña un proceso de ejecución idóneo para cuanto puede considerarse genuino título ejecutivo, sea judicial o contractual o se trate de una ejecución forzosa común o de garantía hipotecaria, a la que se dedica una especial atención. Pero esta sustancial unidad de la ejecución forzosa no debe impedir las particularidades que, en no pocos puntos, son enteramente lógicas. Así, en la oposición a la ejecución, las especialidades razonables en función del carácter judicial o no judicial del título(...) (...)Porque esta Ley entiende los títulos ejecutivos extrajudiciales, no como un tercer género entre las sentencias y los documentos que sólo sirven como medios de prueba, sino como genuinos títulos ejecutivos, esto es, instrumentos que, por poseer cierta
... (... leer más)LA OPOSICIÓN DEL DEUDOR- DEMANDADO EN EL PROCESO MONITORIO
RESÚMEN
(…)El presente trabajo tiene por objeto el estudio de la actitud activa del deudor- demandado que comparece y se opone a la reclamación de la deuda formulada por el peticionario, así como los requisitos que la Ley de Enjuiciamiento Civil exige al escrito de oposición, las diferentes causas de oposición del deudor, y la finalización y transformación del proceso monitorio, para terminar con algunas especialidades que se recogen en el monitorio regulado en el artículo 21 de la Ley de Propiedad Horizontal.(…)
I.- INTRODUCCIÓN. II.- EL ESCRITO DE OPOSICIÓN. 1.-Requisitos Formales 2.- Motivación de la Oposición 3.- Las diferentes causas o motivos de Oposición. III.- EL PROCESO SUBSIGUIENTE A LA OPOSICIÓN. IV.- ESPECIALIDADES DE LA OPOSICIÓN EN LA RECLAMACIÓN DE CUOTAS COMUNES DE COMUNIDADES DE PROPIETARIOS.
... (... leer más)BREVES APUNTES SOBRE LA PROTECCIÓN DE LAS AGUAS CONTINENTALES
APROXIMACIÓN A LA PROTECCIÓN JURÍDICA DE LAS COSTAS
ACERCAMIENTO A LA PROTECCIÓN JURÍDICA DE LOS MARES
ACUERDO de 19 de diciembre de 2007, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se modifica el Reglamento 2/2005, de Honores, Tratamientos y Protocolo en los actos judiciales solemnes
(…) dado que el Reglamento de Honores, Tratamientos y Protocolo de los actos judiciales solemnes, contempla en su texto la regulación de los honores y tratamientos de cuantos se insertan en el Poder Judicial, la presente modificación reglamentaria tiene por objeto colmar la laguna jurídica hasta ahora existente, mediante la regulación de los actos de juramento o promesa y de toma de posesión, así como los honores y tratamientos correspondientes a los Jueces de Paz. Entre las modificaciones que se introducen, se contemplan las reglas relativas al tratamiento y precedencias que corresponden a los Jueces de Paz; dando con ello cumplimiento a lo previsto en el artículo 27 del Reglamento de los Jueces de Paz, en donde se señala que «Los Jueces de Paz tendrán derecho dentro de su circunscripción al tratamiento y precedencia que se les reconozca en el Reglamento correspondiente». En lo que respecta al tratamiento, se modifica el artículo 6 con el fin de especificar que corresponde a los Jueces de Paz, en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales, el tratamiento de Señoría, esto es, idéntico tratamiento que el que corresponde a los miembros de la Carrera Judicial con categoría de Juez. Y en lo relativo a las precedencias, se modifican los artículos 11 y 15, incluyendo a los Jueces de Paz en el o
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